Normativa de energía solar en Colombia: leyes, requisitos y venta de excedentes
Adoptar energía solar en Colombia implica cumplir con un marco legal robusto que protege tanto a los usuarios como a la red eléctrica. Esta guía resume las normas principales, los permisos y los pasos para monetizar tus excedentes.
Marco legal vigente
Ley 1715 de 2014
Declara las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) como de utilidad pública. Establece incentivos tributarios y la integración de la generación distribuida.
Decreto 1073 de 2015 (Art. 2.2.3.8)
Reglamenta la conexión de usuarios con autogeneración a pequeña escala (AGPE) y generación distribuida (GD). Define responsabilidades de comercializadores, operadores de red y usuarios.
Resolución CREG 174 de 2021
Actualiza el procedimiento para que los usuarios vendan excedentes de energía. Establece plazos, formatos y el esquema de compensación en factura.
Requisitos técnicos y administrativos
- Diseño y memorias RETIE/RETILAP elaboradas por ingenieros electricistas con matrícula vigente.
- Estudio de conexión ante el operador de red (EPM, Enel, Air-e, Afinia, etc.).
- Registro en la UPME para proyectos mayores a 100 kW o cuando se solicitan incentivos tributarios.
- Medidor bidireccional certificado instalado por el operador.
- Contrato de conexión que detalla responsabilidades, límites de potencia y remuneración por excedentes.
Proceso para vender excedentes
- Solicitud formal al comercializador presentando planos, fichas técnicas y curva de generación.
- Evaluación y visita técnica del operador de red (máximo 15 días hábiles).
- Instalación del medidor bidireccional y pruebas de sincronización.
- Firma del contrato de autogenerador y habilitación en facturación.
- Liquidación mensual: el valor de los kWh inyectados se descuenta de tu recibo o se acumula como saldo a favor.
⚠️ Nota: Los excedentes se reconocen a tarifa plena (sin subsidios) para usuarios residenciales y a precio de bolsa + cargos para comercios.
Beneficios tributarios vigentes
- Deducción de renta: 50 % del valor de la inversión por 15 años.
- Exclusión de IVA: 19 % menos en equipos y servicios.
- Exención de aranceles: 0 % para importación de paneles, inversores y baterías.
- Depreciación acelerada: Hasta 20 % anual (5 años).
Preguntas frecuentes
¿Necesito licencia de construcción?
Solo si la estructura modifica fachadas o cubiertas. Para instalaciones sobre techos existentes se presenta memoria estructural firmada por ingeniero civil.
¿Qué pasa si supero la potencia aprobada?
El operador puede desconectar el sistema. Dimensiona correctamente y notifica cualquier ampliación.
¿Los proyectos off-grid deben cumplir RETIE?
Sí. Aunque no se conecten a la red, deben acatar normas de seguridad eléctrica y contar con certificación RETIE.
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FAQ Schema
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